El Reglamento del PRIIPS establece la obligación de un documento de información estandard de cada producto sujeto a dicho Reglamento y entregarlo con antelación suficiente a su contratación a los posible clientes.
El documento ha de tener un máximo de 3 páginas y ha de recoger de forma clara y resumida la información relevante sobre los productos, de forma que facilite su comprensión y comparación con otras alternativas de inversión.
Se trata de que el cliente tenga claro en qué invierte su dinero y si el producto es adecuado para su perfil inversor.
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