La decisión de jubilarse para un autónomo no
es tarea sencilla. La razón principal es económica. La pensión media del trabajador autónomo en 2014 era de 678,61
euros, un 40% menos que la media de lo que percibe un
jubilado asalariado.
La razón está en el elevado coste de la cotización a la Seguridad Social, lo que lleva a que se opte por la base mínima.
El 86% de los autónomos cotiza por esta base, es decir, para tener unos
derechos económicos de 893,10 euros al mes (base de cotización mínima de
2016), se tiene que pagar una cuota mensual de algo más de 266 euros mensuales.
Este porcentaje de cotizantes de base mínima se dispara hasta el 90% para lo
que llevan menos de 5 años dados de alta y para aquellos
autónomos menores de 50 años.
Es precisamente esa edad, 50 años, la que supone un cambio para buena
parte de los autónomos, optando por elevar su base de cotización buscando una
pensión mayor o por otros sistemas privados, como
planes de pensiones o ahorro, que complementen la misma.
Con el hándicap de una base de cotización más baja, el trabajador autónomo debe cumplir los mismos
requisitos para obtener una pensión de jubilación que un trabajador por cuenta
ajena. Para el año 2016, estos requisitos son tener al menos 15
años cotizados (5.475 días) y que dos de ellos estén comprendidos dentro de los
15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho a la
pensión.
Estos requisitos nos darían derecho a la pensión mínima, pero, debido al
bajo nivel de las cotizaciones, la cuantía sería muy reducida, de apenas
unos 380 euros al mes repartidos en 14 pagas. Por ello, es importante conseguir los requisitos para obtener el 100% de
nuestra pensión, que para este año 2016 es alcanzar los 65 años tras
haber cotizado 36 o más años. Con ello, y habiendo cotizado por la base mínima,
los 844,40 euros actuales, se conseguiría una pensión de 760 euros.
El autónomo que cumpla los requisitos puede
simular cuál será la cuantía de su pensión y optar por seguir trabajando un
tiempo más para mejorarla o no hacerlo y solicitarla. Si elige jubilarse, el
proceso es sencillo: simplemente debe presentar
la misma y en un tiempo medio que ronda los 20 días recibirá su resolución.
Si, en cambio, decide trabajar más para mejorarla, es un gran esfuerzo que
tiene que evaluar si merece o no la pena ya que, además, tiene que
comenzarse con mucho tiempo de antelación. Lo habitual es elevar la cotización
cuando llegas a los 50 años, pero cada vez será más
complicado ya que la reforma de las pensiones también ha elevado el tiempo de
cómputo. Para 2016, los años computables son 19, por lo que se tendría que
haber elevado la base de cotización con 46 años. Pero esta cifra aumenta año
tras año y en el 2022 alcanzará los 25 años.
Por todo ello, si el autónomo quiere mayores ingresos para su
jubilación, deberá tanto tener una base de cotización
mayor durante muchos más años y, por supuesto, siempre
complementarla con planes de pensiones u otros productos análogos que ayuden a que el
que ha sido trabajador por cuenta propia tenga el retiro que se merece con los
recursos económicos necesarios.
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