El mundo del
seguro no es fácil y la desinformación parece ser una tónica. Es habitual oir
que los seguros tienen mucha letra pequeña, con claúsulas dífíciles de entender.
Antes la Ley
del Contrato de Seguro indicaba que cuando un asegurado quería cambiar de aseguradora, tenía
que avisar con dos meses de antelación al vencimiento de la póliza para poder
hacer el cambio.
Ahora, la Ley 20/2015 de 14 de julio de
Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y
Reaseguradoras, modifica el artículo 22 de la Ley de Contrato de seguro y cambia el periodo de aviso previo a la
aseguradora en caso de no renovar la póliza de seguro.
A partir del 1 de enero de este
2016, el asegurado puede oponerse a renovar la póliza con tan solo un mes de antelación al vencimiento
del seguro. Cuanto quien
se oponga a prorrogar el contrato sea la aseguradora, ésta sí deberá avisar al
asegurado con dos meses de antelación.
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